El XII Congreso de la Abogacía acogió en su sesión plenaria la presentación del nuevo Código Deontológico de la Abogacía,

El Código Deontológico proclama que “la dignidad, como modo de comportamiento, debe impregnar todas las actividades profesionales de quienes ejercen la Abogacía, ya que esta está al servicio del ser humano y de la sociedad. Por eso, debe preservar no sólo la propia, sino la de sus clientes, de sus compañeros y de los contrarios, tratándoles con distinción, deferencia y respeto, sin olvidar que sus actuaciones repercuten en la profesión entera.”

Nuestra actuación tanto en la relación con nuestros clientes como con el resto de los operadores jurídicos se rige por los parámetros del Código Deontológico de nuestra profesión, respetando las recomendaciones del Consejo General de la Abogacía Española en cuanto al encargo de clientes y los honorarios a facturar, así como que contempla y respeta el resto de deberes y derechos de la misma, tales como la independencia, el secreto profesional, la libertad de defensa y de expresión y el tratamiento de fondos ajenos, entre otros.